ASESORÍA EN EXPROPIACIONES


Expropiaciones

Las expropiaciones tienen por objetivo diversos fines, tales como: ampliar las pistas de circulación, disponer de ciertos espacios para el tránsito, paso de peatones, construcción de carreteras, aeropuertos, acueductos, etcétera, lo que se materializa a través de algún órgano de Estado (MOP, Serviu, Municipalidades).  El proceso expropiatorio esta regulado mediante normativa específica, en la cual somos especialistas para defender sus derechos, de forma tal que, estos no sean pasados a llevar por el Estado.

El proceso de expropiación,  comienza con la notificación del Acto Expropiatorio, la cual se publica mediante inserción en el diario Diario Oficial y en algún diario de circulación nacional, esta notificación consiste básicamente en una publicación que contiene información del acto expropiatorio, relativa a la identificación del proyecto que motiva la expropiación, datos del dominio aparente del inmueble expropiado, área a expropiar y monto a indemnizar, este último fijado en forma provisional por las comisiones de peritos del Serviu, que se han formado para cada caso.

Debemos tener presente que hay dos etapas importantes en este proceso:

La primera, consiste en que posteriormente a la notificación del acto expropiatorio, se da curso al pago de la indemnización provisional, que se realiza a través de un Juzgado Civil por consignación previamente ingresada por el SERVIU para cada predio expropiado, gestión judicial voluntaria en la cual debe ser representado por un abogado;  y la segunda, en caso de estar disconforme con el monto de indemnización fijado, lo podrá reclamar por motivos fundados ante un Juez, mediante un procedimiento especial que establece la Ley para estos casos.

Nuestra oficina ofrece asesoría integral en ambas etapas, con la intención de que finalmente el resultado de este proceso, sea lo más beneficioso para Usted.

Quedamos dispuestos a responder sus inquietudes.

Atentamente.


Equipo de Pérez y Cía. Abogados.